EFECTOS ECONÓMICOS DEL COVID-19: FINANZAS PÚBLICAS LOCALES Y DESCENTRALIZACIÓN

Por: Nicolás Cuervo Ballesteros, Docente Maestría en Economía Urbana y Regional, Escuela de Economía, Universidad Sergio Arboleda

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Desde las reformas de descentralización implementadas en los años 80 y 90 hay una repartición de competencias y recursos entre el Gobierno Nacional, los departamentos y municipios que busca mejorar la eficiencia y cercanía del sector público con la población y fomentar también el ejercicio de la democrática a nivel local.

Los diferentes niveles de gobierno se articulan a partir de un esquema en el cual el gobierno central tiene sectores de su plena competencia (como la defensa nacional y el manejo macroeconómico) y, para el resto de sectores, es el nivel central quien define las normas generales de funcionamiento y asigna los recursos, los departamentos coordinan y asisten a los municipios y los municipios se encargan de la prestación de los servicios que les competen. Esta articulación concierne tanto las actividades a desarrollar en cada sector como los recursos para su financiamiento. Los entes territoriales (departamentos, municipios y distritos) reciben en 2018, por ejemplo, 27.837 mil millones de pesos de ingresos propios y 37.199 mil millones de transferencias del gobierno central (las cuales son distribuidas mediante el Sistema General de Participaciones -SGP-). A estos recursos debe sumarse las regalías, que se destinan principalmente a inversiones (y no al funcionamiento), para el periodo 2019-2020 el presupuesto anual del Sistema General de Regalías -SGR– es de 17.008 mil millones de pesos, monto que corresponde al 46% de las transferencias y 61% de los ingresos propios de los entes territoriales en Colombia.

Los principales sectores en los cuales hay competencias locales son la educación, la salud, el agua y saneamiento básico, este texto se concentra en los dos primeros.

– Frente a la educación los municipios deben “dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles – de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley (715 de 2001)”, sector para el cual las transferencias destinan el 58% de sus recursos a los cuales se suma el 0,5% destinado al Fondo de Alimentación Escolar. Los recursos de transferencias para estos dos rubros en 2019 ascienden a 23.945 mil millones de pesos y corresponden a 9,2% del presupuesto general de la nación.

– En materia de salud les corresponde a los municipios el aseguramiento de la población que no pertenece al régimen contributivo, las actividades de salud pública, la prestación de servicios a población pobre no afiliada y otras gestiones como el recaudo local, la recolección de información y la promoción de la participación ciudadana. El Sistema General de Participaciones destina a la salud en 2019 41.151 mil de millones de pesos, que corresponden al 3,9% del presupuesto general de la nación.

Retos y posibles efectos del COVID-19

El contexto actual plantea varios posibles desarrollos que pueden tener efectos para la prestación y financiación de los sectores recién presentados.

En primer lugar, la disminución del del precio del petróleo se verá repercutida en un menor monto de regalías (las cuales fueron presupuestadas para el periodo 2019-2020 con un precio de 65 dólares por barril). Esta disminución se verá reflejada desde el 2021 en el sistema general de regalías, que tiene presupuestos bi-anuales y podrá significar reducción del financiamiento en sectores que venían recibiendo un apoyo de estos recursos como el fondo de ciencia tecnología e innovación y los otros sectores de inversión de los entes territoriales en un monto que, recordemos, fue equivalente en el periodo anterior a cerca del 61% de los ingresos propios de los entes territoriales.

En segunda instancia, la educación está asumiendo desde ya cambios importantes en su manera de funcionamiento virtual y que pueden implicar cambios de calendarios (ante un eventual periodo de vacaciones de mitad de año anticipado) y eventualmente sobrecostos que no es claro quien debe y puede asumir, pues los recursos de transferencias tienen destinación especifica para los entes territoriales que no los pueden usar sino para las actividades especificadas por la ley.

Por su parte, en el sector salud, los municipios cubren el aseguramiento al régimen subsidiado de la población residente no afiliada al régimen contributivo (los servicios no-POS provienen de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Colombia -ADRES-) que no debería tener grandes modificaciones ante la coyuntura actual. Las actividades de salud pública, por el contrario, pueden ser un frente en el cual la iniciativa local se pueda mostrar, apoyando las acciones indicadas desde el gobierno nacional o promoviendo programas novedosos para los cuales tienen recursos propios y de transferencias.

En fin, un posible desarrollo de los eventos puede conducir a una redefinición del monto total de transferencias y regalías por medio de una posible iniciativa del gobierno central en busca de reducir sus gastos en momentos de crisis, tal como pasó en 2001 como resultado de la crisis de fines del siglo XX. Esta iniciativa requerirá del apoyo amplio del congreso (pues debe ser tramitada como una reforma constitucional) el cual dependerá en amplia medida de la visibilidad y apoyo que reciban el gobierno nacional y los gobiernos locales en el manejo de la situación actual.

En conclusión, las finanzas públicas, nacionales y locales, deberán hacer frente a un momento difícil tanto por el lado de gastos no previstos como por la disminución de sus ingresos. Es un momento de posibles redefiniciones de las competencias y recursos entre niveles de gobierno del país que se definirá según el liderazgo de los gobiernos.

 

 

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